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Código ético

Última actualización: Enero 2024
Código ético

1. Objeto, ámbito de aplicación y objetivos

El Código Ético recoge el catálogo de principios y normas de conducta que han de regir la actuación de todos los profesionales y terceros con los que se relaciona elanta.

SUJETOS DEL CÓDIGO

— Los miembros del Consejo de Administración.

— Directivos.

— Empleados.

— Terceros interesados: aquellos con los que elanta tenga relación (por ejemplo: proveedores, subcontratistas, colaboradores, inversores, clientes o administraciones públicas).

OBJETIVOS

— Manifestar el compromiso de elanta con el cumplimiento de la legalidad vigente, el buen gobierno, y los principios de responsabilidad social corporativa.

— Poner en conocimiento de los Sujetos del Código los principios éticos y criterios de conducta perseguidos por parte de elanta.

— Informar a los Sujetos del Código de las consecuencias que pueden derivarse en caso de que se lleven a cabo comportamientos contrarios a las disposiciones del código ético.

— Asegurar la efectividad de las normas y procedimientos de control que minimicen el riesgo de comportamientos ilícitos por parte de los Sujetos del Código.

— Comunicar a los Sujetos del Código que elanta ha puesto a su disposición dos canales de comunicación (canal de denuncias y canal frente al acoso), para poder denunciar con las máximas garantías de confidencialidad y con la debida protección frente a represalias.

2. Principios éticos

Los principios éticos desarrollados en el presente Código constituyen la base sobre la que se asienta la actividad de elanta.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

elanta asume el compromiso de desarrollar sus actividades empresariales de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente en cada momento.

PRINCIPIO DE CONDUCTA ÉTICA IRREPROCHABLE

elanta asume el compromiso de desarrollar sus actividades empresariales con una conducta éticamente irreprochable, con honestidad, integridad, lealtad, eficacia y con respeto hacia sus empleados, clientes y proveedores y se compromete a exigir a todos los Sujetos del presente Código el mismo comportamiento.

PRINCIPIO ÉTICO DE SOSTENIBILIDAD

elanta asume el compromiso de actuar de forma socialmente responsable velando por mantener un equilibrio entre el crecimiento económico, el cuidado del medio ambiente y la equidad social.

Asimismo, elanta también exige que los Sujetos del Código mantengan un comportamiento acorde con estos criterios.

3. Criterios de conducta

DESARROLLO PROFESIONAL Y HUMANO

elanta se compromete con el respeto a los derechos y libertades, favoreciendo un entorno de trabajo que facilite el desarrollo profesional y humano de sus empleados, y sea compatible con la conciliación de su vida personal y familiar.

PREVENCIÓN DEL ACOSO Y LA DISCRIMINA

elanta promueve la diversidad y las relaciones basadas en el respeto, la equidad y la colaboración recíproca y no permite ni tolera actuaciones discriminatorias de ninguna índole ni por ninguna razón.

elanta cuenta con protocolos de obligado cumplimiento para los Sujetos del Código con el fin de prevenir cualquier conducta discriminatoria o constitutiva de acoso. Estos protocolos son los siguientes:

— Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso laboral.

— Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y/o por razón de sexo.

— Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso por razón de orientación sexual, identidad de género y/o expresión de género.

BUEN USO DE LOS RECURSOS

Los Sujetos del Código deben utilizar de forma adecuada y eficiente los recursos que elanta pone a su disposición para el desempeño de su actividad profesional. Dichos recursos no deben ser utilizados para finalidades privadas.

Todo el material propiedad de elanta debe ser devuelto a elanta cuando sea requerida su devolución, cuando ya no sea necesario para el desarrollo de la actividad profesional y, en todo caso, al cesar en la relación laboral o profesional.

SEGURIDAD Y SALUD

elanta dotará a los Terceros Interesados velará por dotar de un entorno seguro de trabajo, cumpliendo en todo momento con la normativa vigente en materia de seguridad y salud laboral.

Los Sujetos del Código respetarán en todo momento las medidas preventivas aplicables en materia de seguridad y salud laboral, utilizando los recursos establecidos por elanta y asegurando que los miembros de sus equipos realicen sus actividades en condiciones de seguridad.

PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN

elanta se compromete a cumplir con las normas de prevención de la corrupción y de prevención del blanqueo de capitales.

Los Sujetos del Código permanecerán alerta frente a aquellos casos en los que pudieran existir indicios de falta de integridad de las personas o entidades con las que elanta mantiene relaciones.

Regalos, invitaciones, comidas y viajes:

Los regalos o invitaciones de valor superior a 300 euros deberán ser autorizados por el CEO de elanta, previa información al Compliance Officer.

Quedarán exceptuados del punto anterior, los regalos o invitaciones a comidas y viajes que tengan un carácter puramente profesional (comida o viaje de negocios, merchandising empresarial, etc.) cuyo valor sea razonable.

RESPETO DE LA IMAGEN E INTERESES CORPORATIVOS

elanta considera su imagen y reputación corporativa como activos fundamentales para preservar la confianza de los terceros interesados.

Por ello, los Sujetos del Código Ético deben poner el máximo cuidado en preservar la imagen y reputación de elanta en todas las actuaciones realizadas en el marco de una relación laboral.

Así, los Sujetos del Código tienen la responsabilidad de asegurar que sus acciones y decisiones se orientan a los mejores intereses de elanta, y que no se encuentran motivadas por consideraciones o intereses personales o de terceros.

Todas aquellas situaciones de conflicto de intereses, tanto potenciales como reales, deberán ser puestas en conocimiento del Compliance Officer de la Sociedad tan pronto sean percibidas, y con antelación a la ejecución de cualquier actuación que pudiera verse afectada por ellas.

RELACIÓN CON TERCEROS INTERESADOS

elanta se relaciona con diversos terceros interesados en el desarrollo de sus actividades y la prestación de servicios.

En este sentido, los empleados, directivos y miembros del Consejo de Administración de elanta, actuarán de forma íntegra en sus relaciones profesionales con los terceros interesados:

— Promoviendo con ellos conductas éticas y honestas.

— Prestando los servicios con la máxima calidad a sus clientes, cumpliendo con los compromisos adquiridos.

— Atendiendo en forma y plazo a las reclamaciones recibidas.

— Seleccionando a los proveedores en base a criterios justos, equitativos e imparciales, tal y como se dispone en la Política de Proveedores Responsables.

— Mostrando una actitud de transparencia, respeto y colaboración que promueva la confianza en las relaciones de negocio.

TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS

elanta considera la confidencialidad y la integridad de la información pilares fundamentales de la empresa. Los Sujetos del Código deberán respetar la confidencialidad de todos aquellos asuntos que conozcan por razón de su labor profesional y emplearla sólo para el propósito que se facilita.

Los Sujetos del Código Ético deben transmitir de forma veraz y adecuada toda la información que tengan que comunicar, tanto interna como externamente.

Los profesionales de elanta velarán por proteger la privacidad e integridad de los datos personales.

Los Sujetos del Código deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia de protección de datos de carácter personal y seguridad de la información, así como la normativa interna de elanta en estas materias.

La seguridad deberá atender también a las cualidades de la seguridad física con el fin de evitar accidentes, o poder actuar ante incidentes críticos para la seguridad como los robos y los fraudes con tarjeta de crédito.

4. Compliance Officer y régimen disciplinario

COMPLIANCE OFFICER

elanta ha designado un Compliance Officer, que es el responsable, entre otros aspectos, de velar por el cumplimiento del presente Código Ético.

elanta se reserva el derecho a realizar controles dentro de la legalidad vigente, con el objeto de comprobar la aplicación por parte de los Sujetos del Código Ético y prevenir actividades que puedan afectar al cumplimiento de lo dispuesto tanto en el mismo como en la legislación aplicable.

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Siendo las disposiciones de este Código Ético de obligado cumplimiento para los Sujetos del Código, se deja expresa constancia de que su incumplimiento podrá dar lugar a la imposición de las sanciones que correspondan según el régimen disciplinario vigente y, en su caso, la terminación de la relación profesional entre elanta y el infractor, y la exigencia de responsabilidades al mismo.

5. Canales de comunicación

elanta pone a disposición de los Sujetos del Código dos canales de comunicación para denunciar cualquier conducta ilícita con las máximas garantías de confidencialidad y con la debida protección frente a represalias.

CANAL DE DENUNCIAS

Correo electrónico:

[email protected]

Correo ordinario:

Paseo de la Castellana, 259D.

Edificio Torre Emperador, planta 44.

28046, Madrid. España.

CANAL FRENTE AL ACOSO

Adicionalmente, elanta dispone de Protocolos para la prevención y actuación frente al acoso laboral, acoso sexual y/o por razón de sexo, y frente al acoso por razón de orientación sexual, identidad de género y/o expresión de género y se compromete a investigar cualquier denuncia recibida en relación con estos comportamientos.

Correo electrónico: [email protected]

6. Aceptación y cumplimiento

Todos los empleados y directivos de elanta deberán firmar el contenido de este Código Ético aceptando expresamente las normas de actuación establecidas en el mismo.

Nadie, independientemente de su nivel o posición, está autorizado para solicitar a un Sujeto del Código que contravenga lo establecido en el presente Código Ético.

Ningún empleado ni directivo puede justificar una conducta impropia amparándose en una orden superior o en el desconocimiento del presente Código Ético.